Marzo 22, 2019

Inclusión Financiera - Operaciones iguales o superiores a 40.000 UI o 160.000 UI


El artículo 1º del Decreto 78/019 de 14 de marzo de 2019 estableció normas respecto a los préstamos y determinó que los medios de pago admitidos en los casos de particiones o permutas con soulte, el importe total será el correspondiente a la soulte.

El 2º del referidio Decreto agregó el artículo 4º BIS al Decreto 350/017 de 19 de setiembre de 2017 disposiciones relativas a la inscripción de operaciones o negocios jurídicos en los Registros Públicos y la correspondiente actuación de los escribanos.

Archivos asociados a este informe
Decreto 350/017 de 19 de diciembre de 2017 (Texto actualizado)
| (Documento - 124,3 KB)
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