Noviembre 08, 2019

Retención IRPF-IRNR - Inmobiliarias

Ampliación

El reciente Decreto 324/019 de 4 de Noviembre de 2019, incluyó en la excepción de efectuar la retención de IRPF-IRNR a las administradoras de propiedades incluídas en el grupo CEDE y División Grandes Contribuyentes de la DGI -en caso de que corresponda retener IRPF-; y a los contribuyentes de IRAE -en caso en corresponda retener IRNR.

Antecedente

En el Decreto 303/019 de 14/10/19 se había originalmente exceptuado a las administradoras de propiedades del grupo NO CEDE de la DGI - en caso de que corresponda retener IRPF- y a las administradoras de propiedades no contribuyentes de IRAE - en caso de que corresponda retener IRNR - de efectuar la retención del impuesto sobre los arrendamientos que cobren cuando los mismos sean realizados con fines turísticos y no tengan una duración mayor a 31 días.

Archivos asociados a este informe
Decreto 324/019 de 4 de noviembre de 2019
| (Documento - 291,6 KB)
Comentarios

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