Abril 19, 2018

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola


Resolución DGI 2698/2018 de 18 de abril de 2018

Visto: La solicitud de incluir determinados bienes en la nómina que establece el numeral 1º de la Resolución de esta Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979.
Resultando: I) Que el literal D) del numeral 1º y literal B) del numeral 3º) del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo.
II) Que el artículo 38 del Decreto 220/998 de 12 de agosto de 1998, establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva.
Considerando: Que los bienes denominados "Inyectores de plaguicidas y fertilizantes acoplables a sembradoras", son de uso exclusivo en el medio rural, por lo que corresponde su inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el VISTO.
Atento: A lo expuesto.

El Director General de Rentas

RESUELVE:

1º Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado que establece el numeral 1º de la Resolución de esta Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979, a los bienes denominados:

" - Inyectores de plaguicidas y fertilizantes acoplables a sembradoras"

2º Publíquese, etc. 

Archivos asociados a este informe
Nómina de maquinaria agrícola exonerada de IVA (Fuente: DGI)
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