Diciembre 03, 2013

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola

 

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

MAQUINARIA AGRÍCOLA EXONERADA    

Se incluyeron en la nómina de máquinas agrícolas exoneradas de IVA los siguientes bienes:

“Trituradora forestal con rotor de dientes para enganche y levante en los tres puntos del tractor agrícola" y “Trituradora y fresadora (rotovadora) forestal, para enganche y levante en los tres puntos del tractor agrícola.”  

RESOLUCIÓN DGI 4005/2013 DE 27/11/2013 

VISTO: El numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/1979 de 30 de noviembre de 1979.
RESULTANDO: I) Que el literal D) del numeral 1º y el literal B) del numeral 3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exoneran las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo.
II) Que el artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998 establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que determine la Dirección General Impositiva.
CONSIDERANDO: Que corresponde incluir determinados bienes en la nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en el Visto.
ATENTO: A lo expuesto;  

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS 

RESUELVE: 

1º Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/1979 de 30 de noviembre de 1979 a los siguientes bienes: 

“Trituradora forestal con rotor de dientes para enganche y levante en los tres puntos del tractor agrícola". 

“Trituradora y fresadora (rotovadora) forestal, para enganche y levante en los tres puntos del tractor agrícola.” 

2º Publíquese, etc.

Archivos asociados a este informe
Nómina de Maquinaria Agrícuola exonerada de IVA
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