Abril 26, 2016

IRNR-Patrimonio - Entidades no residentes

 

IRNR - IMPUESTO AL PATRIMONIO  

ENTIDADES NO RESIDENTES
QUE NO ACTÚEN MEDIANTE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE


Pago del Saldo IRNR-Patrimonio 

Recordamos que las entidades no residentes que no actúen mediante establecimiento permanente disponen de plazo hasta el 2 de mayo de 2016 para efectuar el pago del saldo del IRNR y del Impuesto al Patrimonio por el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2015.

Pago: redes de cobranzas habilitadas o electrónicamente vía Internet.


Presentación de Declaración Jurada


Último dígito Días de 2016
0-1-2-3              5 de mayo
4-5-6            10 de mayo
7-8-9            13 de mayo

Presentación por Internet o en medios magnéticos en los locales de redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI.

Comentarios

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