Diciembre 27, 2018

IRAE - Tope de ingresos Literal E) desde 01/01/2019


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AÑO 2019  

Para los ejercicios iniciados a partir del 1º de Enero de 2019, el tope de ingresos para quedar incluido en el Literal E) del artículo 52 del Título 4 del TO-1996 (Pequeña Empresa) es de $ 1.228.388 (pesos uruguayos un millón doscientos veintiocho mil trescientos ochenta y ocho) que surgen de multiplicar 305.000 UI x 4,0275 (Valor de la UI al 01/01/2019).

Operaciones cobradas a través de medios electrónicos

Los ingresos que se originan en operaciones cobradas a través de medios electrónicos (tarjetas de crédito, de débito, instrumentos de dinero electrónico y análogos) cuentan con el beneficio de computar sólo un porcentaje del monto total de estas operaciones para el cálculo del tope.

Porcentajes:

  • 60% para las operaciones efectuadas entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018.
  • 80% para las operaciones efectuadas entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Esto implica que del monto total facturado se computa sólo un porcentaje para realizar el cálculo del tope de ingresos, que permite al contribuyente de este impuesto percibir un ingreso mayor al tope estipulado, manteniendo su pertenencia al IVA Mínimo.

 

EVOLUCIÓN DE VALORES 

   Año 2019 $ 1.228.388
   Año 2018 $ 1.137.010
   Año 2017 $ 1.069.910
   Año 2016        $ 989.146
           Año 2015        $ 903.837
           Año 2014        $ 836.402
           Año 2013        $ 770.705
           Año 2012        $ 706.807
           Año 2011        $ 652.365
           Año 2010        $ 610.244
           Año 2009        $ 573.492
Comentarios

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