Julio 12, 2017

IRAE - Precios de Transferencia


El artículo 15 del Decreto 56/009 de 26 de enero de 2009, establece que la Dirección General Impositiva, podrá requerir a los sujetos comprendidos en el régimen de precios de transferencia la presentación de los comprobantes y justificativos de dichos precios, así como de los criterios de comparación utilizados, los montos de las contraprestaciones o los márgenes de ganancia consignados en la declaración jurada.

Mediante Decreto 160/017 20 de Junio de 2017 a la disposición anterior se agregó que la Dirección General Impositiva podrá aplicar la referida facultad en acuerdo con administraciones tributarias de otras jurisdicciones, en el marco de convenios internacionales para evitar la doble imposición ratificados por la República que se encuentren vigentes.


El artículo 15 del Decreto 56/009 de 26 de enero de 2009 quedó redactado de la siguiente forma:


"Artículo 15. Documentación. La Dirección General Impositiva, podrá requerir a los sujetos referidos en el artículo 1º, la presentación de los comprobantes y justificativos de los precios de transferencia, así como de los criterios de comparación utilizados, a efectos de analizar la correcta aplicación de los precios, los montos de las contraprestaciones o los márgenes de ganancia consignados en la declaración jurada especial a que refiere el artículo anterior.

Para la presentación de la documentación referida, los contribuyentes y responsables dispondrán de un plazo no menor a 8 (ocho) meses, contados desde la fecha de cierre del ejercicio económico considerado.

Asimismo, la Dirección General Impositiva podrá aplicar el régimen a que refiere el inciso anterior en acuerdo con administraciones tributarias de otras jurisdicciones, en el marco de convenios internacionales para evitar la doble imposición ratificados por la República que se encuentren vigentes."

Archivos asociados a este informe
Decreto N° 56/009 de 26 de enero de 2009 (Texto actualizado)
| (Documento - 142,3 KB)
Decreto 160/017 de 20 de Junio de 2017
| (Documento - 6,0 KB)
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