Enero 05, 2013

IRAE - FRANJAS DE IRAE MÍNIMO - AÑO 2013

IRAE MÍNIMO

Se fijaron las franjas correspondientes a los pagos mensuales que deben efectuar los contribuyentes de IRAE para el año 2013. Estos valores se aplican a partir del mes de cargo Enero 2013, pagadero en Febrero 2013. 

DECRETO Nº 410/012 DE 19/12/120 

Visto: lo dispuesto por los artículos 93º del Título 4 del Texto Ordenado 1996 y 106º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998.
Considerando: que corresponde actualizar los montos mensuales previstos en las referidas normas.
Atento: a lo expuesto. 

El Presidente de la República.  

DECRETA:

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Artículo 2º.- Fíjanse para el año 2013, los siguientes montos para los pagos mensuales a que refiere el artículo 93º del Título 4 del Texto Ordenado 1996: 

a) Ingresos hasta tres veces el límite del literal E) del artículo 52º del Título 4 del Texto Ordenado 1996: $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil). 

b) Ingresos que superen tres veces el referido límite y hasta seis veces: $ 3.290 (pesos uruguayos tres mil doscientos noventa). 

c) Ingresos que superen seis veces el referido límite y hasta doce veces: $ 4.420 (pesos uruguayos cuatro mil cuatrocientos veinte). 

d) Ingresos que superen doce veces el referido límite y hasta veinticuatro veces: $ 6.000 (pesos uruguayos seis mil). 

e) Ingresos que superen veinticuatro veces el referido límite: $ 7.520 (pesos uruguayos siete mil quinientos veinte)

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