Septiembre 26, 2019

Generación de energías renovables - Promoción

Antecedente

El artículo 3º del Decreto N° 143/018 de 22 de mayo de 2018, estableció el alcance objetivo del concepto de inversión a efectos de la aplicación del Capítulo III de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998 (Ley de Inversiones).

Inversiones en proyectos de energías renovables

Al respecto, el artículo 1º del reciente Decreto 279/019 de 23 de setiembre de 2019 estableció que las inversiones realizadas por los titulares de proyectos de generación de energías renovables destinadas a la conexión del Sistema Interconectado Nacional, en cumplimiento de contratos suscriptos con la UTE, serán consideradas bienes incluidos en el concepto de inversión de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto N° 143/018 de 22 de mayo de 2018, a partir del momento en que acaezca la transferencia de su propiedad al citado Ente.

Además, no será de aplicación, con relación a los bienes transferidos en cumplimiento de dichos contratos, la obligación de mantenimiento temporal de la propiedad a que refiere el artículo 20 del citado Decreto N° 143/018.

Referente al Decreto 143/018 de 22 de mayo de 2018

El Decreto 143/018 ajustó la reglamentación en materia de estímulos a inversiones específicas, incrementando el impacto en determinados objetivos de desarrollo como ser:

  • Generación de empleo
  • Aumento de exportaciones
  • Descentralización
  • Tecnologías limpias
  • Investigación, desarrollo e Innovación
  • Indicadores sectoriales (giro de la empresa)


Incentivos para micro y pequeñas empresas

Las empresas categorizadas como micro y pequeñas empresas (Decreto 504/007 de 20/12/07) que presenten proyectos de inversión dentro del ejercicio fiscal por un total acumulado de hasta UI 3.500.000 (tres millones quinientas mil Unidades Indexadas) recibirán un 20% (veinte por ciento) adicional de beneficio de IRAE que les correspondería en aplicación de los criterios generales. Además, se adicionará un ejercicio al plazo de exoneración.

Incentivos para usuarios de parques industriales

Para aquellas empresas que estén habilitadas como usuarios de parques industriales y parques científico-tecnológicos, el monto del IRAE exonerado y el plazo para usufructuar la exoneración se incrementará en 15% (quince por ciento) respecto a lo que correspondería por la reglamentación general.

Adicionalmente, en caso de las empresas que realicen actividades industriales y colaterales a las industrias instaladas en los parques, dispondrán de un crédito fiscal por los aportes patronales asociados al empleo comprometido en el indicador de generación de empleo por un plazo de cinco años.

Vigencia

El régimen de incentivos establecido en el Decreto 143/018 de 22 de mayo de 2018 comenzará a aplicarse para todos los proyectos presentados a partir de su publicación.

Las empresas que hayan presentado proyectos de inversión solicitando la declaración promocional prevista en la Ley 16.906 ante Ventanilla Única, desde el 1º de marzo de 2018 y hasta transcurridos noventa días desde la publicación del Decreto, podrán optar, expresándolo por escrito, por el nuevo régimen reglamentado en el Decreto 143/018 de 22 de mayo de 2018 o por el último vigente antes de la publicación de éste.

Archivos asociados a este informe
Decreto N° 143/018 de 22 de mayo de 2018
| (Documento - 1,7 MB)
Decreto 279/019 de 23 de setiembre de 2019
| (Documento - 566,9 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.