Agosto 12, 2019

Facturación Electrónica - Ejercicios con cierre a partir del 01/01/2019

 

Se fijaron nuevos plazos para postularse al régimen de documentación fiscal electrónica para aquellos contribuyentes cuyas ventas superen las 305.000 Unidades Indexadas en los ejercicios económicos cuyo cierre se produzca a partir del 1º de enero de 2019:

 

Resolución Nº 2791/2019 de 8 de Agosto de 2019

VISTO: la Resolución Nº 3012/2015 de 30 de julio de 2015.
RESULTANDO: que la norma citada establece un cronograma de inclusión preceptiva en el régimen de documentaciòn mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos.
CONSIDERANDO: necesario realizar ajustes a dicha disposición.
ATENTO: a lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

1º) Sustitúyese el tercer inciso del numeral 1º) de la Resolución Nº 3012/2015 de 30 de julio de 2015, por el siguiente:

“Los sujetos pasivos de impuestos administrados por la Dirección General Impositiva, cuyas ventas superen las 305.000UI (trescientas cinco mil Unidades Indexadas) en los ejercicios económicos cuyo cierre se produzca a partir del 1º de enero de 2019, deberán postularse al régimen de documentación fiscal electrónica reglamentado por el Decreto Nº 36/012 de 8 de febrero de 2012, de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:

Cierre de ejercicio económico Fecha límite de postulación
1º semestre año civil 1º de febrero año civil siguiente
2º semestre año civil 1º de agosto año civil siguiente

 

2º) Publíquese

Archivos asociados a este informe
Resolución Nº 3012/2015 de 30 de julio de 2015 (Texto actualizado)
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