Marzo 18, 2019

Exhibición cinematográfica - Prórroga a beneficios


Se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2019 los beneficios tributarios dispuestos por la Ley 16.906 de 7 de enero de 1998, reglamentada por el Decreto 352/015 de 22 de diciembre de 2015, para las actividades de exhibición cinematográfica. 


Decreto 76/019 de 11 de marzo de 2019

Sustitúyese el art. 8° del Decreto 352/015, de 22 de diciembre de 2015

VISTO: el régimen promocional para las actividades de exhibición del sector cinematográfico, al amparo del inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998. RESULTANDO: que la norma citada dispuso la exoneración de todo tributo de importación o aplicable en ocasión de la misma, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, a la importación de equipamiento de proyección de imágenes, iluminación, sonido y otros similares vinculados directamente a la actividad de exhibición cinematográfica en salas, siempre que sean declarados no competitivos con la industria nacional por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria Energía y Minería.
CONSIDERANDO: que resulta conveniente mantener dichos beneficios como forma de continuar la renovación tecnológica en el circuito de exhibición de cines de nuestro país.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con, la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de dicha Ley,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1º  Sustituyese el artículo 8° del Decreto N° 352/015 de 22 de diciembre de 2015, por el siguiente:

"ARTÍCULO 8°.- (Vigencia).- Los beneficios previstos por el presente Decreto tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019."

Artículo 2º Comuníquese, etc. 

Archivos asociados a este informe
Decreto N° 352/015 de 22 de diciembre de 2015 (Texto actualizado)
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