Mayo 20, 2020

DGI - Prórrogas de vencimientos

Mediante Resolución DGI Nº 898/2020 de 20/05/20 se establecieron prórrogas a los vencimientos de los pagos a cuenta de IRAE, IPat e ICOSA, el anticipo bimestral de IRPF servicios personales y el pago mensual de IVA Mínimo (Literal E).

Pagos a cuenta de IRAE, IPat e ICOSA

Para los sujetos pasivos incluidos en el grupo CEDE y No CEDE (excepto Grandes Contribuyentes), se prorroga el vencimiento de los pagos a cuenta de IRAE, del Impuesto al Patrimonio y del ICOSA correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020. 

Se podrán abonar dichas obligaciones de acuerdo al monto de sus ventas, servicios y demás rentas brutas que hubieran originado rentas gravadas en el ejercicio fiscal anterior, de acuerdo al siguiente detalle: 

Más de   Hasta   Plazo y condiciones 
 UI 0  UI 2.000.000    En 2 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir del mes de junio de 2020. 
 UI 2.000.000                         UI 6.000.000                         La totalidad en el mes de junio de 2020

* Se deberá considerar la cotización de la Unidad Indexada (UI) al cierre del ejercicio fiscal correspondiente. 

Anticipo IRPF servicios personales

Los contribuyentes de IRPF que obtengan rentas de trabajo fuera de la relación de dependencia (servicios personales), podrán efectuar los anticipos del bimestre marzo-abril de 2020, en la fecha establecida para los anticipos correspondientes al bimestre mayo-junio 2020.

IVA Mínimo (Literal E)

Los contribuyentes de IVA Mínimo (literal E del Art. 52 del Título 4 del TO 1996), podrán abonar las obligaciones mensuales correspondientes al mes de abril de 2020, en seis cuotas iguales y consecutivas, conjuntamente con las obligaciones correspondientes a los meses de junio a noviembre de 2020. 

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 898/2020 de 20/05/20
| (Documento - 86,5 KB)
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