Julio 17, 2020

DGI - Prórroga de vencimientos

Sujetos comprendidos

Se encuentran incluidos en esta prórroga los sujetos pasivos de los grupos CEDE y NO CEDE de la Dirección General Impositiva, excepto los gestionados por la División Grandes Contribuyentes, cuando hayan tenido ingresos, servicios y otras rentas brutas totales en el ejercicio anterior inferiores a 6:000.000 Unidades Indexadas.

Cotización de la Unidad Indexada correspondiente al cierre del ejercicio anterior.

Obligaciones comprendidas

  • los pagos a cuenta del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) a que refieren los artículos 165 y 170 del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007
  • los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio previstos en el segundo inciso del artículo 5 del Decreto N° 30/015 de 16/01/15
  • los pagos a cuenta del Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA) previstos en el artículo 9 del Decreto N° 450/002 de 20 de noviembre de 2002.

Nota: no se prorroga la presentación de las declaraciones juradas e informativas que pudieran corresponder a cada sujeto pasivo.

Prórroga

Los sujetos pasivos comprendidos podrán abonar las obligaciones mencionadas, correspondientes a los meses de junio y julio de 2020 en los meses de setiembre y octubre del 2020, respectivamente, de acuerdo al calendario general de vencimientos de dichos meses, correspondiente a cada sujeto pasivo.

Vencimientos previstos para los meses Setiembre y Octubre de acuerdo a la Resolución 4310/019 de 18/12/19

Mes  NO CEDE CEDE
Setiembre 25 de setiembre 22 de setiembre
Octubre 26 de octubre 22 de octubre

 

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 1.251/020 de 17 de julio de 2020
| (Documento - 223,1 KB)
Comentarios

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