Diciembre 21, 2020

DGI - Operaciones exceptuadas de documentar


Se fijó en $ 160 (pesos uruguayos ciento cincuenta), a partir del 1º de enero de 2021, el monto hasta el cual no es obligatorio extender comprobante por operaciones al contado y al por menor.

Quienes realicen tales ventas deberán extender diariamente comprobantes globales que respalden las operaciones que no fueran documentadas individualmente, conservando todas las vías de la documentación emitida.

Contribuyentes excluidos

Esta facultad no es aplicable a aquellos contribuyentes que utilicen máquinas registradoras, rollos de papel continuo o estén incluidos en el régimen de facturación electrónica.  

 

Año Monto $
2021 160
2020 150
2019 140
2018 130
2017 120
2016  110
2015 100
2014 90
2013 80
2012 80
2011 70
2010 70
Archivos asociados a este informe
Redolución DGI 2398/020 de 17 de diciembre de 2020
| (Documento - 642,0 KB)
Comentarios

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