Diciembre 18, 2014

DGI - Operaciones exceptuadas de documentar


Se fijó en $ 100 (pesos uruguayos cien), a partir del 1º de enero de 2015, el monto hasta el cual no es obligatorio extender comprobante por operaciones al contado y al por menor.

Quienes realicen tales ventas deberán extender diariamente comprobantes globales que respalden las operaciones que no fueran documentadas individualmente, conservando todas las vías de la documentación emitida.

Contribuyentes excluidos

Esta facultad no es aplicable a aquellos contribuyentes que utilicen máquinas registradoras, rollos de papel continuo o estén incluidos en el régimen de facturación electrónica.  

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI Nº 4.846/014 de 18 de diciembre de 2014
| (Documento - 91,8 KB)
Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.