Abril 14, 2014

DGI - Documentación Fiscal Electrónica - Ref. Beneficios Fiscales

 

Mediante la Resolución DGI 1264/2014 de 9 de abril de 2014 se modificó la Resolución DGI 3122/2012 de 21/12/12 fijando nuevos valores máximos a partir del 01/10/14 para ampararse al régimen simplificado de cómputo de los beneficios fiscales.

Quienes postulen al régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) a partir del 1º de octubre de 2014, sólo podrán ampararse al régimen simplificado de cómputo automático de los beneficios fiscales en tanto la inversión total computable no supere:

- para contribuyentes incluidos en la División Grandes Contribuyentes, U$S 150.000 (dólares americanos ciento cincuenta mil), excluido el Impuesto al Valor Agregado.

- para contribuyentes incluidos en el grupo CEDE, U$S 75.000 (dólares americanos setenta y cinco mil), excluido el Impuesto al Valor Agregado.

- para contribuyentes incluidos en el grupo NO CEDE, U$S 20.000 (dólares americanos veinte mil), excluido el Impuesto al Valor Agregado.

Aquellos contribuyentes cuyas inversiones totales computables no superen los montos establecidos precedentemente, deberán obligatoriamente aplicar el procedimiento establecido en el numeral 5º de la Resolución DGI 3122/2012 de 21/12/12. A efectos de la determinación de los montos, se utilizará, cuando corresponda, la cotización interbancaria de cierre del día anterior a cada operación.

Archivos asociados a este informe
Resolución DGI 3122 de 21/12/12 (Actualizada) - CFE
| (Documento - 125,4 KB)
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