Julio 16, 2019

DGI - Cesión especial de certificados de crédito

 

En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 199/019 de 8 de julio de 2019, la DGI autorizó la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios y se estableció un mecanismo simplificado a esos efectos.


Resolución Nº 2418/2019 de 15 de julio de 2019

VISTO: el Decreto Nº 199/019 de 8 de julio de 2019.
RESULTANDO: que el mencionado decreto establece que la Dirección General Impositiva podrá autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2019 inclusive.
CONSIDERANDO: conveniente autorizar la cesión de los referidos certificados, así como establecer un mecanismo simplificado a los efectos de materializar la misma dentro del plazo previsto en el citado decreto.
ATENTO: a lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

1º) Los productores agropecuarios que dispongan de certificados de crédito tipo A en moneda nacional, originados en la actividad agropecuaria, por créditos generados hasta el 30 de junio de 2019 inclusive, podrán cederlos a los siguientes proveedores de bienes y servicios:

a) Bancos;
b) Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
c) Empresas Aseguradoras.

La referida cesión se materializará a través de la sustitución de dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso exclusivo con los referidos proveedores.

El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá superar los $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos).

2º) El plazo para presentarse a tramitar la cesión de los certificados a que refiere el numeral anterior vencerá el 31 de diciembre de 2019.

3º) Publíquese, etc.

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