Diciembre 11, 2013

Devolución de tributos a las exportaciones

DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES  

Se prorrogaron hasta el 30 de junio de 2014 las tasas de devolución de tributos a las exportaciones de diversos sectores que se han visto afectados negativamente por el descenso de la demanda internacional,  en mérito a que los sectores contemplados no han revertido su tendencia declinante desde la crisis internacional iniciada en el año 2008.    

DECRETO DE 6 DE DICIEMBRE DE 2013 (aún no publicado)  

VISTO: el Decreto No 184/013,27   de junio de 2013.
RESULTANDO: que la referida norma prorrogó hasta el 31 de diciembre de 201310  dispuesto en los Decretos Nos. 421/012,  de 26 de diciembre de 2012.
CONSIDERANDO: que se considera conveniente mantener este régimen preferencial de devolución de tributos a las exportaciones   prorrogado por el Decreto No 184/013  hasta el 30 de junio de 2014, en merito a que los sectores contemplados no han revertido su tendencia declinante. ATENTO: a lo precedentemente expuesto.  

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA    

DECRETA:  

Artículo 1º Prorrógase hasta el 30 de junio  de 2014  lo dispuesto en el Decreto No 184/013,  de 27 de junio de 2013.  

Artículo 2° Comuníquese, publíquese, etc..  

Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.