Agosto 24, 2022

IMEBA - Precio del arroz 2022

Se fijó el precio ficto provisorio del arroz de la cosecha 2022 a los efectos de practicar las retenciones de IMEBA y sus adicionales y se estableció el 14 de octubre de 2022 como plazo para presentar la declaración jurada y verter las diferencias de las retenciones correspondientes a la cosecha 2021.

Resolución DGI 1403/2022 de 22 de agosto de 2022
VISTO: el Decreto N° 376/986 de 23 de julio de 1986 y la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 1356/2021 de 26 de agosto 2021.
RESULTANDO: I) que la primera norma mencionada establece que la Dirección General Impositiva debe fijar los precios fictos para cada cosecha de arroz, a efectos de practicar las retenciones del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios y sus adicionales;
II) que la Resolución referida estableció el precio ficto provisorio para la cosecha de arroz 2021.
CONSIDERANDO: I) que con fecha 22 de abril de 2022, productores e industriales acordaron fijar en el equivalente a U$S 12,79, el precio definitivo de la bolsa de arroz cáscara de 50 kilos, correspondiente a la cosecha 2021;
II) que corresponde considerar el precio acordado como precio ficto definitivo del arroz de la cosecha 2021;
III) que la Comisión Sectorial del Arroz ha proporcionado la información  correspondiente a la cosecha 2022;
IV) conveniente fijar el precio ficto provisorio del arroz para la cosecha 2022.
ATENTO: a lo expuesto,

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

1º) Fíjase hasta el 14 de octubre de 2022, el plazo para presentar las declaraciones juradas y verter las diferencias de las retenciones correspondientes al Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios y sus adicionales, que tengan su origen en la diferencia entre el precio ficto provisorio del arroz de la cosecha 2021, establecido por a Resolución N° 1356/2021 de 26 de agosto de 2021 y el precio definitivo que ascendió a $557,35 (pesos uruguayos quinientos cincuenta y siete con 35/100).

2º) Establécese el precio ficto provisorio del arroz de la cosecha 2022 en $ 422,55 (pesos uruguayos cuatrocientos veintidos con 55/100) los 50 kilos, a efectos de practicar las retenciones correspondientes al Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios y sus adicionales.


3º) Fíjase hasta el 14 de octubre de 2022, el plazo para presentar las declaraciones juradas y verter los montos retenidos del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios y sus adicionales, correspondientes a la cosecha 2022, teniendo en cuenta el precio a que refiere el numeral anterior.

4º) Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.


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